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¿A qué familiares puedo traer a los EE.UU. y cuánto demorará el proceso?

On Behalf of | Aug 25, 2021 | Inmigración

Las relaciones a la distancia son difíciles para todos los miembros de la familia, pero existen recursos para traer a familiares a EE.UU. en ciertos casos. El gobierno estadounidense provee una serie de visas para aquellos residentes permanentes legales y ciudadanos que quieran ser espónsor para sus familiares dependiendo de ciertos requisitos.

Las posibilidades de ser espónsor dependerán del lazo familiar que usted tenga con la persona a quien quiere traer al país y su estatus o condición migratoria en Estados Unidos (si es ciudadano, residente legal o asilado o refugiado).

Estas son las diferentes opciones:

  • Si usted es ciudadano estadounidense puede peticionar para familiares una tarjeta verde, visa de prometido o visa K-3/K-4 según corresponda. Los familiares beneficiados son: su cónyuge e hijos de su cónyuge solteros menores de 21 años, hijos, padres, hermanos, prometido residiendo en el exterior e hijos de prometido solteros menores de 21 años.
  • Si usted es residente permanente legal puede peticionar para su cónyuge e hijos solteros de cualquier edad.
  • Si usted es asilado o refugiado puede peticionar para su cónyuge e hijos solteros y menores de 21 años al momento que usted solicitó el asilo o refugio.

¿Cuánto tarda este proceso?

Los tiempos de procesamiento varían muchísimo y no hay una respuesta exacta para esta pregunta. Sin embargo, es posible estimar cuánto demorará teniendo en cuenta ciertos factores.

La prioridad la tienen los parientes directos de los ciudadanos estadounidenses. Esta categoría incluye a los cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años. Si usted desea traer al país a un familiar comprendido en esta categoría, afortunadamente no existe una lista de espera para ellos. Sin embargo, sí existirá espera en lo que implica el proceso en sí: el Departamento de Estado de los Estados Unidos les invitará a solicitar la visa de inmigrante solo cuando se apruebe su petición I-130.

Una vez que esta solicitud es aprobada, y si sus parientes residen en Estados Unidos habiendo ingresado legalmente entre otros requisitos, podrán solicitar al Servicio de Ciudadanía e Inmigración Estadounidense (USCIS) que modifique su condición migratoria a residente permanente.

La situación es más complicada cuando el lazo familiar no es tan cercano (enlace en inglés).

Aquellos parientes, a diferencia de los familiares directos mencionados anteriormente, entran a una lista de espera. Existen límites para la cantidad de personas a las que se les otorgará la posibilidad de emigrar a Estados Unidos y los tiempos verían según la demanda. Estos factores en conjunto implican que usted y su familiar pueden tener que esperar años hasta que su petición sea procesada. Una vez que un pariente llega al frente de la lista se lo contacta para que solicite su visa de inmigrante.

El sitio web del Departamento de Estado publica boletines con tiempos de espera (enlace en inglés) para diferentes categorías. Además, si usted tiene un número de caso iniciado, también puede buscar el estado de este en la página de la USCIS.

Pequeños errores u omisiones a la hora de juntar y enviar la documentación necesaria pueden añadir aun más tiempo de espera, razón por la cual es preferible asesorarse con un abogado de inmigración que pueda orientarle en el proceso.

Los lazos familiares son uno de los fundamentos de inmigración más comunes y usted, como ciudadano o residente estadounidense legal, tiene derecho a tener a su familia cerca.

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